La responsabilidad por negligencia profesional permite reclamar una indemnización cuando un profesional incumple los deberes de su oficio (médico, abogado, arquitecto, gestor, etc.) y causa un daño que se podía haber evitado actuando con la diligencia exigible.
Los ámbitos más frecuentes son la negligencia médica (errores de diagnóstico, intervenciones mal ejecutadas, falta de consentimiento informado), la negligencia jurídica (pérdida de plazos, mala defensa) y la negligencia constructiva (defectos en proyectos o direcciones de obra).
La indemnización cubre el daño patrimonial (gastos, lucro cesante) y el daño moral o personal cuando proceda, valorado según el baremo aplicable. En materia médica, se utiliza habitualmente el baremo de accidentes de tráfico como referencia para cuantificar lesiones y secuelas.
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El plazo general de prescripción es de cinco años desde que se manifiesta el daño en la responsabilidad contractual y un año en la extracontractual. En negligencias médicas, el plazo se computa desde la estabilización del paciente o el alta definitiva.
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